CONVOCADAS 449 PLAZAS A LA JUNTA DE EXTREMADURA. FUNCIONARIOS Y LABORALES.

  • Plazo inscripción desde el 16 de enero de 2025 al 13 de febrero de 2025

Instrucciones de inscripción al final de esta entrada

OPOSICIONES Y CONCURSOS (Enlace al DOE 27/12/2024)

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

  • FUNCIONARIOS TURNOS LIBRE Y DISCAPACIDAD

Cuerpo Titulados Superiores Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo de Titulados Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.  

Cuerpo Técnico/a Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Técnico/a de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.  

Cuerpo Administrativo Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.  

Agentes del Medio Natural Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Administrativo, Especialidad Agentes del Medio Natural, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.  

Cuerpo Auxiliar Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.  

Cuerpo Subalterno Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Subalterno de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura  

Cuerpo Subalterno, Especialidad Subalterno Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Subalterno, Especialidad Subalterno, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.  

  • PERSONAL LABORAL

Grupo II Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo II de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.  

Grupo III, Categoría de Técnico/a en Educación Infantil Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo III, Categoría de Técnico/a en Educación Infantil, de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.  

Grupo IV Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo IV de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.  

Grupo IV, Categoría Bombero/a Forestal Conductor/a, Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo IV, Categoría Bombero/a Forestal Conductor/a, de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.  

Grupo V Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo V de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.  

  • DISCAPACIDAD INTELECTUAL

Grupo V, Discapacidad Intelectual, Categoría Camarero/a-Limpiador/a, Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas vacantes del Grupo V, Categoría Camarero/a-Limpiador/a, de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.  

Grupo V, Discapacidad Intelectual, Categoría Ordenanza, Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas vacantes del Grupo V, Categoría Ordenanza, de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.  

  • FUNCIONARIOS PROMOCIÓN INTERNA

Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo de Titulados Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por promoción interna.  

Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Técnico/a de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por promoción interna.  

Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por promoción interna.  

Procesos selectivos.- Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por promoción interna.  


INSTRUCCIONES DE INSCRIPCIÓN

Plazo de solicitudes desde el 16 de enero al 13 de febrero de 2025

PRESENTACIÓN ONLINE EN UN SÓLO PASO (REQUIERE CERTIFICADO DIGITAL, PAGO CON TARJETA y AUTOFIRMA)

Puede presentar su solicitud en UN ÚNICO TRAMITE, incluyendo el pago (con tarjeta) de la tasa por derechos de examen a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura. Para ello solo necesitará certificado digital o DNI electrónico y el uso de Autofirma. Además, obtendrá un justificante tanto del registro de presentación de la solicitud, como del pago realizado.

Las urls para acceder son:

PRESENTACIÓN 100×100 TELEMÁTICA (INSCRIPCIÓN, MODELO 050 y REGISTRO GENERAL):

  1. Inscribirte en la web http://ips.juntaex.es
    (VER VÍDEO)
  2. Solicitud descargada y firmada digitalmente (autofirma)
  3. Pago de las tasas (modelo 050) https://modelo050.juntaex.es/modelo050/
    . Órgano gestor: 10 – HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
    . Código de la tasa por derechos de examen: 100161
    . Importe determinado en el DOE de la especialidad a opositar
    (VER VÍDEO)
  4. Registro online añadiendo la solicitud y el modelo 050. https://sede.juntaex.es/SEDE/
    Para ello, una vez se verifique su identidad, se cumplimentará una nueva solicitud seleccionando como DIR3/Unidad de destino “A11019084. Serv. de Selección”.
    Seguidamente adjuntarán:
    . La solicitud de participación en las pruebas selectivas debidamente cumplimentada y firmada digitalmente/manualmente
    . Modelo 050 de abono de tasas y si es pertinente documento que acredite estar exento del 50% o del 100% en de la tasa. (ver como se realiza más abajo)
    (VER VÍDEO)

DETALLE DE TODAS LAS OPCIONES DE INSCRIPCIÓN:

  1. Plazo de presentación de solicitudes.
    El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día 16 de enero hasta el 13 de febrero de 2025
  2. Procedimiento para la presentación de la solicitud.

    Las personas interesadas en participar en el presente proceso selectivo podrán cumplimentar su solicitud por alguna de las siguientes vías:

    a) Mediante la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura.

    Por esta vía se procederá a la cumplimentación de la solicitud y al pago de la tasa, siguiendo las instrucciones que se establecen (Anexo I DOE), a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura.

    https://www.juntaex.es/w/0670223

    Para validar y securizar el acceso de las personas aspirantes se requerirá el uso del DNI electrónico o Certificado digital FNMT de Persona física o bien mediante el sistema de validación mediante clave móvil.
    No deberá entregarse por ninguna vía en ningún caso, solicitud en papel, siendo exclusivamente válida la gestionada telemáticamente y en soporte digital a través de la herramienta web indicada anteriormente.
    Únicamente deberá aportarse escaneada junto con la solicitud, a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, y siguiendo las instrucciones que en el mismo se establezcan, la documentación acreditativa de la discapacidad, de estar exento del pago de la tasa o tener derecho a la bonificación del 50 % y/o el Anexo II debidamente cumplimentado en el caso de aspirantes que sean familiares de nacionales de la Unión Europea, así como cualquier otra documentación exigida en estas bases.
    Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en la medida de lo posible, facilitarán a las personas aspirantes el acceso a medios telemáticos para la cumplimentación de las solicitudes.

    b) Mediante la aplicación informatizada al efecto.

    Por esta vía se procederá a la cumplimentación de la solicitud, pero no al pago de la tasa.

    b.1) Las solicitudes serán cumplimentadas exclusivamente a través de la aplicación informática habilitada al efecto, que se encuentra disponible en la página web http://ips.juntaex.es indicando la Especialidad a la que se desea participar.

    La solicitud deberá cumplimentarse y generarse de forma electrónica, ya se presente de forma digital o presencial.

    No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido cumplimentada y generada a través de la aplicación informática puesta a disposición en la ruta especificada en este apartado.

    La simple cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en uno de los registros oficiales que se indican a continuación, ni de hacerlo en el plazo indicado en el apartado 1 de la presente Base.

    — Tampoco exime a la persona aspirante del requisito de proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de examen.

    — La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante. Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en caso de que fuera posible, facilitarán a las personas aspirantes el acceso a medios telemáticos para la cumplimentación de las solicitudes.

    Las solicitudes se dirigirán, junto con el resto de la documentación al Servicio de Selección de la Dirección General de Función Pública, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, Avda. Valhondo s/n, (Edificio “Mérida III Milenio”) de la localidad de Mérida.

    b.2) Formas y lugares de presentación de la solicitud:

    Una vez cumplimentada y generada la solicitud la persona aspirante podrá:

    — Imprimirla, firmarla de forma manuscrita, digitalizarla y presentarla en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura o en el de la Administración General del Estado, como se indica en el subapartado 1º, junto con el documento o carta de pago de la tasa o documentación acreditativa de su excepción.

    — Firmarla digitalmente y presentarla en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura o en el de la Administración General del Estado, como se indica en el subapartado 1º, junto con el documento o carta de pago de la tasa.

    — Imprimirla, firmarla de forma manuscrita y registrarla de forma presencial en las oficinas como se indica en el subapartado 2º, junto con el documento o carta de pago de la tasa.

    Y todo ello como se detalla en los apartados siguientes.

    1º) Registro de forma telemática:

    El registro de la solicitud y de los documentos de modo telemático se podrá realizar a través del Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura a través de la dirección:

    https://sede.juntaex.es/SEDE/

    Para ello, una vez se verifique su identidad, se cumplimentará una nueva solicitud seleccionando como DIR3/Unidad de destino “A11019084. Serv. de Selección”.

    Seguidamente adjuntarán:
    . La solicitud de participación en las pruebas selectivas debidamente cumplimentada y firmada digitalmente/manualmente
    . Modelo 050 de abono de tasas y si es pertinente documento que acredite estar exento del 50% o del 100% en de la tasa. (ver como se realiza más abajo)

    O bien, se podrá realizar a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado:
    https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html
    Para la utilización de cualquiera de los registros referidos, las personas solicitantes habrán de disponer de DNI electrónico o certificado digital.
    Si no disponen de ellos podrán obtenerlos a través de las siguientes direcciones electrónicas:
    https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
    http://www.cert.fnmt.es/

    En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento, como el justificante del pago de las tasas, la documentación acreditativa de la discapacidad y/o el Anexo II debidamente cumplimentado en el caso de aspirantes que sean familiares de nacionales de la Unión Europea.

    2º) Registro de forma presencial:

    En caso de no optar por la presentación telemática, las personas participantes deberán rellenar su solicitud a través de la aplicación de cumplimentación vía internet, según se indica en el apartado anterior. Una vez cumplimentada, deberán imprimir, firmar el documento de solicitud obtenido, no debiéndose añadir datos a mano en la solicitud impresa, ya que los mismos no serán tenidos en cuenta, y presentarla en cualquiera de las Oficinas de asistencia en materia de registro indicados a continuación:
    — En cualquiera de las oficinas incluidas en el Anexo a la Resolución de la Consejera de Hacienda y Administración Pública por la que se hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    — Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se realizará en sobre abierto, para que dicha solicitud sea fechada y sellada por el personal funcionario de Correos, antes de ser certificada. De no hacerse de esta manera, se considerará presentada en la fecha de entrada en cualquiera de los lugares establecidos en el párrafo anterior.

    En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento, como el justificante del pago de la tasa, la documentación acreditativa de la discapacidad, en su caso, y/o el Anexo II debidamente cumplimentado en el caso de aspirantes que sean familiares de nacionales de la Unión Europea.
  3. Tasa por derechos de examen

    Se fija en la cantidad determinada en su boletín correspondiente (al inicio de esta entrada en el DOE de la especialidad que te vayas a presentar viene el importe).

    En caso de no estar exento, el abono de la tasa se efectuará de forma telemática en el mismo acto de presentación electrónica de la solicitud de participación.

    En el caso de optar por la presentación de la solicitud de forma presencial el abono de la tasa se efectuará a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que se indican en la solicitud de participación, o bien telemáticamente de la forma que se indica a continuación.
    En caso de optar por el ingreso a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que se indican en la solicitud de participación, en la solicitud deberá figurar el sello correspondiente de la entidad bancaria colaboradora en el recuadro correspondiente a “Prestaciones Patrimoniales: Derechos de examen”, acreditativo del pago de los derechos
    de examen.

    En caso de optar por el pago telemático de la tasa, se efectuará a través de la página web: https://modelo050.juntaex.es/modelo050/

    . Órgano gestor: 10 – HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
    . Código de la tasa por derechos de examen: 100161
    . Importe determinado en el DOE de la especialidad a opositar

    Se debe acompañar a la solicitud en el registro este documento justificativo del ingreso.
    En ningún caso, la presentación de la solicitud para el abono de la tasa en las oficinas bancarias colaboradoras o bien el pago telemático de la tasa supondrán la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores.
    La falta de justificación del abono de los derechos de examen, o de encontrarse exento, determinará la exclusión de la persona aspirante. No obstante, si se ha efectuado el pago de la misma en plazo, la omisión de su justificación podría subsanarse, aportando el justificante de abono cuando salgan las listas de admisión provisional de las personas aspirantes.
  4. Se aplicará una bonificación parcial del 50 % de la cuota para los participantes en pruebas selectivas que se encuentren en situación legal de desempleo durante, al menos, los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la correspondiente convocatoria de pruebas selectivas. Será requisito para el disfrute de la bonificación que, en el plazo citado, se encuentre sin ocupación laboral efectiva en el sistema de la Seguridad Social.

    La situación de desempleo se acreditará mediante informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social dentro del plazo de presentación de solicitudes.
    No se admitirán como justificante de dicha situación los informes emitidos por los Servicios Públicos de Empleo.
  5. Están exentos del pago de esta tasa:

    a) Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
    b) Las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o parejas de hecho, así como sus hijos, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
    c) Las personas que tengan la consideración de víctimas de violencia de género a que hace referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, debiendo acompañar a la solicitud la documentación acreditativa.
  6. La tasa por derechos de examen ingresada se reintegrará a:

    a) Las personas aspirantes que acrediten la condición de tercer o ulterior hijo dependiente de sus padres, cuando el domicilio familiar radique en Extremadura con dos años de antelación al plazo máximo de presentación de solicitudes y que la unidad familiar tenga unas rentas menores cinco veces al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), siempre que efectivamente participen en las pruebas selectivas que se convoquen y soliciten posteriormente la devolución del ingreso.
    b) Las personas interesadas que hayan sido admitidas para participar en más de una prueba selectiva correspondiente a distintos Cuerpos y/o Especialidades y que no puedan realizar alguna de ellas por coincidencia de fecha, hora o lugar de celebración de los ejercicios y soliciten posteriormente la devolución del ingreso.
    No será procedente la devolución de la tasa en los supuestos de exclusión de participación en el proceso selectivo por causa imputable a la persona interesada.

Continuamos con la preparación para la convocatoria de la Junta de Extremadura, para Auxiliares y Administrativos, Ordenanzas, Subalternos, Camareros-Limpiadores, Auxiliares de Enfermería, Ayudantes de Cocina, ATE-Cuidador, Técnicos Educación Infantil TEI y otras.

Una plaza puede ser tuya, comienza con tú preparación antes que el resto, puedes hacer una sesión de prueba gratuita, solicítala por Whatsapp

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BADAJOZ 924240245 – MÉRIDA 924191258 – CÁCERES 927228059 – DON BENITO 924800244
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